Elementos de los Crímenes
Aprobados por la Asamblea de Estados Partes en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, Primer período de sesiones, Nueva York, 3 – 10 de septiembre de 2002
Introducción general
1. De conformidad con el artículo 9, los siguientes elementos de los crímenes
ayudarán a la Corte a interpretar y a aplicar los artículos 6, 7 y 8 en forma
compatible con el Estatuto. Serán aplicables a los elementos de los crímenes las
disposicionesdel Estatuto, incluido el artículo 21, y los principios generales
enunciados en la Parte III.
2. Como lo señala el artículo 30, salvo disposición en contrario una persona
será penalmente responsable y podrá ser penada por un crimen de la competencia
de la Corte únicamente si los elementos materiales del crimen se realizaron con
intención y conocimiento. Cuando no se hace referencia en los elementos de los
crímenes a un elemento de intencionalidad para una conducta, consecuencia o
circunstancia indicada, se entenderá aplicable el elemento de intencionalidad
que corresponda según el artículo 30, esto es, la intención, el conocimiento o
ambos. A continuación se indican excepciones a la norma del artículo 30 sobre la
base del Estatuto y con inclusión del derecho aplicable en virtud de las
disposiciones del Estatuto en la materia.
3. La existencia de la intención y el conocimiento puede inferirse de los hechos
y las circunstancias del caso.
4. Con respecto a los elementos de intencionalidad relacionados con elementos
que entrañan juicios de valor, como los que emplean los términos “inhumanos” o
“graves”, por ejemplo, no es necesario que el autor haya procedido personalmente
a hacer un determinado juicio de valor, a menos que se indique otra cosa.
5. Los elementos correspondientes a cada crimen no se refieren en general a las
circunstancias eximentes de responsabilidad penal o a su inexistencia.
6. El requisito de ilicitud establecido en el Estatuto o en otras normas de
derecho internacional, en particular del derecho internacional humanitario, no
está en general especificado en los elementos de los crímenes.
7. La estructura de los elementos de los crímenes sigue en general los
principios siguientes:
– Habida cuenta de que los Elementos de los Crímenes se centran en la conducta,
las consecuencias y las circunstancias correspondientes a cada crimen, por regla
general están enumerados en ese orden;
– Cuando se requiera un elemento de intencionalidad específico, éste aparecerá
después de la conducta, la consecuencia o la circunstancia correspondiente;
– Las circunstancias de contexto se enumeran en último lugar.
8. El término “autor”, tal y como se emplea en los Elementos de los crímenes, es
neutral en cuanto a la culpabilidad o la inocencia. Los elementos, incluidos los
de intencionalidad que procedan, son aplicables, mutatis mutandis, a quienes
hayan incurrido en responsabilidad penal en virtud de los artículos 25 y 28 del
Estatuto.
9. Una determinada conducta puede configurar uno o más crímenes.
10. La utilización de expresiones abreviadas para designar a los crímenes en los
títulos no surtirá ningún efecto jurídico.
Artículo 6
Genocidio
Introducción
Con respecto al último de los elementos de cada crimen:
– La expresión “en el contexto de” incluiría los actos iniciales de una serie
que comienza a perfilarse;
– La expresión “manifiesta” es una calificación objetiva;
– Pese a que el artículo 30 exige normalmente un elemento de intencionalidad, y
reconociendo que el conocimiento de las circunstancias generalmente se tendrá en
cuenta al probar la intención de cometer genocidio, el requisito eventual de que
haya un elemento de intencionalidad con respecto a esta circunstancia es algo
que habrá de decidir la Corte en cada caso en particular.
Artículo 6 a)
Genocidio mediante
matanza
Elementos
1. Que el autor haya dado muerte a una o más personas.
2. Que esa persona o personas hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico,
racial o religioso determinado.
3. Que el autor haya tenido la intención de destruir, total o parcialmente, a
ese grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de una pauta manifiesta de
conducta similar dirigida contra ese grupo o haya podido por sí misma causar esa
destrucción.
Artículo 6 b)
Genocidio mediante lesión grave a la
integridad física o mental
Elementos
1. Que el autor haya causado lesión grave a la integridad física o mental de una
o más personas.
2. Que esa persona o personas hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico,
racial o religioso determinado.
3. Que el autor haya tenido la intención de destruir, total o parcialmente, a
ese grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de una pauta manifiesta de
conducta similar dirigida contra ese grupo o haya podido por sí misma causar esa
destrucción.
Artículo 6 c)
Genocidio mediante
sometimiento intencional a condiciones de existencia que hayan de acarrear su
destrucción física
Elementos
1. Que el autor haya sometido intencionalmente a una o más personas a ciertas
condiciones de existencia.
2. Que esa persona o personas hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico,
racial o religioso determinado.
3. Que el autor haya tenido la intención de destruir, total o parcialmente, a
ese grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal.
4. Que las condiciones de existencia hayan tenido el propósito de acarrear la
destrucción física, total o parcial, de ese grupo.
5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de una pauta manifiesta de
conducta similar dirigida contra ese grupo o haya podido por sí misma causar esa
destrucción.
Artículo 6 d)
Genocidio mediante la
imposición de medidas destinadas a impedir nacimientos
Elementos
1. Que el autor haya impuesto ciertas medidas contra una o más personas.
2. Que esa persona o personas hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico,
racial o religioso determinado.
3. Que el autor haya tenido la intención de destruir, total o parcialmente, a
ese grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal.
4. Que las medidas impuestas hayan estado destinadas a impedir nacimientos en el
seno del grupo.
5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de una pauta manifiesta de
conducta similar dirigida contra ese grupo o haya podido por sí misma causar esa
destrucción.
Artículo 6 e)
Genocidio mediante el
traslado por la fuerza de niños
Elementos
1. Que el autor haya trasladado por la fuerza a una o más personas.
2. Que esa persona o personas hayan pertenecido a un grupo nacional, étnico,
racial o religioso determinado.
3. Que el autor haya tenido la intención de destruir, total o parcialmente, a
ese grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal.
4. Que el traslado haya tenido lugar de ese grupo a otro grupo.
5. Que los trasladados hayan sido menores de 18 años.
6. Que el autor supiera, o hubiera debido saber, que los trasladados eran
menores de 18 años.
7. Que los actos hayan tenido lugar en el contexto de una pauta manifiesta de
conducta similar dirigida contra ese grupo o haya podido por sí misma causar esa
destrucción.
Artículo 7
Crímenes de lesa
humanidad
Introducción
1. Por cuanto el artículo 7 corresponde al derecho penal internacional, sus
disposiciones, de conformidad con el artículo 22, deben interpretarse en forma
estricta, teniendo en cuenta que los crímenes de lesa humanidad, definidos en el
artículo 7, se hallan entre los crímenes más graves de trascendencia para la
comunidad internacional en su conjunto, justifican y entrañan la responsabilidad
penal individual y requieren una conducta que no es permisible con arreglo al
derecho internacional generalmente aplicable, como se reconoce en los
principales sistemas jurídicos del mundo.
2. Los dos últimos elementos de cada crimen de lesa humanidad describen el
contexto en que debe tener lugar la conducta. Esos elementos aclaran la
participación requerida en un ataque generalizado o sistemático contra una
población civil y el conocimiento de dicho ataque. No obstante, el último
elemento no debe interpretarse en el sentido de que requiera prueba de que el
autor tuviera conocimiento de todas las características del ataque ni de los
detalles precisos del plan o la política del Estado o la organización. En el
caso de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil que esté
comenzando, la cláusula de intencionalidad del último elemento indica que ese
elemento existe si el autor tenía la intención de cometer un ataque de esa
índole.
3. Por “ataque contra una población civil” en el contexto de esos elementos se
entenderá una línea de conducta que implique la comisión múltiple de los actos a
que se refiere el párrafo 1 del artículo 7 del Estatuto contra una población
civil a fin de cumplir o promover la política de un Estado o de una
organización de cometer ese ataque. No es necesario que los actos constituyan un
ataque militar. Se entiende que la “política ... de cometer ese ataque” requiere
que el Estado o la organización
promueva o aliente activamente un ataque de esa índole contra una población
civil.
Artículo 7 1)
a)
Crimen de lesa humanidad de asesinato
Elementos
1. Que el autor haya dado muerte a una o más personas.
2. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
3. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) b)
Crimen de lesa
humanidad de exterminio
Elementos
1. Que el autor haya dado muerte , a una o más personas, incluso mediante la
imposición de condiciones de existencia destinadas deliberadamente a causar la
destrucción de parte de una población.
2. Que la conducta haya consistido en una matanza de miembros de una población
civil o haya tenido lugar como parte de esa matanza.
3. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
4. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) c)
Crimen de lesa
humanidad de esclavitud
Elementos
1. Que el autor haya ejercido uno de los atributos del derecho de propiedad
sobre una o más personas, como comprarlas, venderlas, prestarlas o darlas en
trueque, o todos ellos, o les haya impuesto algún tipo similar de privación de
libertad.
2. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
3. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) d)
Crimen de lesa
humanidad de deportación o traslado forzoso de población
Elementos
1. Que el autor haya deportado o trasladado por la fuerza , sin motivos
autorizados por el derecho internacional y mediante la expulsión u otros actos
de coacción, a una o más personas a otro Estado o lugar.
2. Que esa o esas personas hayan estado presentes legítimamente en la zona de la
que fueron deportadas o trasladadas.
3. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
determinaban la legitimidad de dicha presencia.
4. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
5. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) e)
Crimen de lesa
humanidad de encarcelación u otra privación grave de la libertad física
Elementos
1. Que el autor haya encarcelado a una o más personas o las haya sometido de
otra manera, a una privación grave de la libertad física.
2. Que la gravedad de la conducta haya sido tal que constituya una infracción de
normas fundamentales del derecho internacional.
3. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
determinaban la gravedad de la conducta.
4. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
5. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) f)
Crimen de lesa
humanidad de tortura
Elementos
1. Que el autor haya infligido a una o más personas graves dolores o
sufrimientos físicos o mentales.
2. Que el autor tuviera a esa o esas personas bajo su custodia o control.
3. Que el dolor o el sufrimiento no haya sido resultado únicamente de la
imposición de sanciones legítimas, no fuese inherente ni incidental a ellas.
4. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
5. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) g)-1
Crimen de lesa humanidad de violación
Elementos
1. Que el autor haya invadido el cuerpo de una persona mediante una conducta
que haya ocasionado la penetración, por insignificante que fuera, de cualquier
parte del cuerpo de la víctima o del autor con un órgano sexual o del orificio
anal o vaginal de la víctima con un objeto u otra parte del cuerpo.
2. Que la invasión haya tenido lugar por la fuerza, o mediante la amenaza de
la fuerza o mediante coacción, como la causada por el temor a la violencia, la
intimidación, la detención, la opresión sicológica o el abuso de poder, contra
esa u otra persona o aprovechando un entorno de coacción, o se haya realizado
contra una persona incapaz de dar su libre consentimiento.
3. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
4. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) g)-2
Crimen de lesa
humanidad de esclavitud sexual
Elementos
1. Que el autor haya ejercido uno de los atributos del derecho de propiedad
sobre una o más personas, como comprarlas, venderlas, prestarlas o darlas en
trueque, o todos ellos, o les haya impuesto algún tipo similar de privación de
libertad.
2. Que el autor haya hecho que esa o esas personas realizaran uno o más actos de
naturaleza sexual.
3. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
4. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) g)-3
Crimen de lesa
humanidad de prostitución forzada
Elementos
1. Que el autor haya hecho que una o más personas realizaran uno o más actos de
naturaleza sexual por la fuerza, o mediante la amenaza de la fuerza o mediante
coacción, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la
detención, la opresión psicológica o el abuso de poder contra esa o esas
personas u otra persona, o aprovechando un entorno de coacción o la incapacidad
de esa o esas personas de dar su libre consentimiento.
2. Que el autor u otra persona hayan obtenido, o esperaran obtener, ventajas
pecuniarias o de otro tipo a cambio de los actos de naturaleza sexual o en
relación con ellos.
3. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
4. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) g)-4
Crimen de lesa
humanidad de embarazo forzado
Elementos
1. Que el autor haya confinado a una o más mujeres que hayan quedado embarazadas
por la fuerza, con la intención de modificar la composición étnica de una
población
o de cometer otra infracción grave del derecho internacional.
2. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
3. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido
la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) g)-5
Crimen de lesa
humanidad de esterilización forzada
Elementos
1. Que el autor haya privado a una o más personas de la capacidad de
reproducción biológica.
2. Que la conducta no haya tenido justificación en un tratamiento médico o
clínico de la víctima o víctimas ni se haya llevado a cabo con su libre
consentimiento.
3. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
4. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1)
g)-6
Crimen de lesa humanidad de violencia
sexual
Elementos
1. Que el autor haya realizado un acto de naturaleza sexual contra una o más
personas o haya hecho que esa o esas personas realizaran un acto de naturaleza
sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción,
como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la detención, la
opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa o esas personas u otra
persona o aprovechando un entorno de coacción o la incapacidad de esa o esas
personas de dar su libre consentimiento.
2. Que esa conducta haya tenido una gravedad comparable a la de los demás
crímenes del artículo 7 1) g) del Estatuto.
3. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
determinaban la gravedad de la conducta.
4. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
5. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) h)
Crimen de lesa
humanidad de persecución
Elementos
1. Que el autor haya privado gravemente a una o más personas de sus derechos
fundamentales en contravención del derecho internacional.
2. Que el autor haya dirigido su conducta contra esa persona o personas en razón
de la identidad de un grupo o colectividad o contra el grupo o la colectividad
como tales.
3. Que la conducta haya estado dirigida contra esas personas por motivos
políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género,
según la definición del párrafo 3 del artículo 7 del Estatuto, o por otros
motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho
internacional.
4. Que la conducta se haya cometido en relación con cualquier acto de los
señalados en el párrafo 1 del artículo 7 del Estatuto o con cualquier crimen de
la competencia de la Corte.
5. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
6. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) i)
Crimen de lesa
humanidad de desaparición forzada de personas
Elementos
1. Que el autor:
a) Haya aprehendido, detenido o secuestrado a una o más personas; o
b) Se haya negado a reconocer la aprehensión, la detención o el secuestro o a
dar información sobre la suerte o el paradero de esa persona o personas.
2. a) Que tal aprehensión, detención o secuestro haya sido seguido o acompañado
de una negativa a reconocer esa privación de libertad o a dar información sobre
la suerte o el paradero de esa persona o personas; o
b) Que tal negativa haya estado precedida o acompañada de esa privación de
libertad.
3. Que el autor haya sido consciente de que :
a) Tal aprehensión, detención o secuestro sería seguido en el curso normal de
los acontecimientos de una negativa a reconocer la privación de libertad o a dar
información sobre la suerte o el paradero de esa persona o personas ; o
b) Tal negativa estuvo precedida o acompañada de esa privación de libertad.
4. Que tal aprehensión, detención o secuestro haya sido realizada por un Estado
u organización política o con su autorización, apoyo o aquiescencia.
5. Que tal negativa a reconocer la privación de libertad o a dar información
sobre la suerte o el paradero de esa persona o personas haya sido realizada por
un Estado u organización política o con su autorización o apoyo.
6. Que el autor haya tenido la intención de dejar a esa persona o personas fuera
del amparo de la ley por un período prolongado.
7. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
8. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) j)
Crimen de lesa
humanidad de apartheid
Elementos
1. Que el autor haya cometido un acto inhumano contra una o más personas.
2. Que ese acto fuera uno de los mencionados en el párrafo 1 del artículo 7 del
Estatuto o fuera de carácter semejante a alguno de esos actos.
3. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
determinaban l carácter del acto.
4. Que la conducta se haya cometido en el contexto de un régimen
institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial
sobre uno o más grupos raciales.
5. Que con su conducta el autor haya tenido la intención de mantener ese
régimen.
6. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
7. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 7 1) k)
Crimen de lesa humanidad de otros actos
inhumanos
Elementos
1. Que el autor haya causado mediante un acto inhumano grandes sufrimientos o
atentado gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.
2. Que tal acto haya tenido un carácter similar a cualquier otro de los actos
a que se refiere el párrafo 1 del artículo 7 del Estatuto.
3. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
determinaban el carácter del acto.
4. Que la conducta se haya cometido como parte de un ataque generalizado o
sistemático dirigido contra una población civil.
5. Que el autor haya tenido conocimiento de que la conducta era parte de un
ataque generalizado o sistemático dirigido contra una población civil o haya
tenido la intención de que la conducta fuera parte de un ataque de ese tipo.
Artículo 8
Crímenes de guerra
Introducción
Los elementos de los crímenes de guerra de que tratan los apartados c) y e) del
párrafo 2 del artículo 8 del Estatuto están sujetos a las limitaciones indicadas
en los apartados d) y f) de ese párrafo, que no constituyen elementos de
crímenes.
Los elementos de los crímenes de guerra de que trata el párrafo 2 del artículo 8
del Estatuto serán interpretados en el marco establecido del derecho
internacional de los conflictos armados con inclusión, según proceda, del
derecho internacional aplicable a los conflictos armados en el mar.
Con respecto a los dos últimos elementos enumerados para cada crimen:
• No se exige que el autor haya hecho una evaluación en derecho acerca de la
existencia de un conflicto armado ni de su carácter internacional o no
internacional;
• En ese contexto, no se exige que el autor sea consciente de los hechos que
hayan determinado que el conflicto tenga carácter internacional o no
internacional;
• Únicamente se exige el conocimiento de las circunstancias de hecho que hayan
determinado la existencia de un conflicto armado, implícito en las palabras
“haya tenido lugar en el contexto de ... y que haya estado relacionada con él”.
Artículo 8 2) a)
Artículo 8 2) a) i)
Crimen de guerra de
homicidio intencional
Elementos
1. Que el autor haya dado muerte a una o más personas .
2 Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de
los Convenios de Ginebra de 1949.
3. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
establecían esa protección.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) ii)-1
Crimen de guerra de
tortura
Elementos
1. Que el autor haya causado grandes dolores o sufrimientos físicos o mentales a
una o más personas.
2. Que el autor haya causado los dolores o sufrimientos con una finalidad tal
como la de obtener información o una confesión, castigar a la víctima,
intimidarla o ejercer coacción sobre ella o por cualquier otra razón basada en
discriminación de cualquier tipo.
3. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de
los Convenios de Ginebra de 1949.
4. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
establecían esa protección.
5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
6. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) ii)-2
Crimen de guerra de
tratos inhumanos
Elementos
1. Que el autor haya infligido grandes dolores o sufrimientos físicos o mentales
a una o más personas.
2. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de
los Convenios de Ginebra de 1949.
3. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
establecían esa protección.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2)
a) ii)-3
Crimen de guerra de someter a experimentos
biológicos
Elementos
1. Que el autor haya sometido a una o más personas a un determinado experimento
biológico.
2. Que el experimento haya puesto en grave peligro la salud física o mental o la
integridad de la persona o personas.
3. Que el experimento no se haya realizado con fines terapéuticos, no estuviera
justificado por razones médicas ni se haya llevado a cabo en interés de la
persona o personas.
4. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de
los Convenios de Ginebra de 1949.
5. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
establecían esa protección.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
7. Que el autor haya tenido conocimiento de circunstancias de hecho que
establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) iii)
Crimen de guerra de
causar deliberadamente grandes
sufrimientos
Elementos
1. Que el autor haya causado grandes dolores o sufrimientos físicos o mentales o
haya atentado gravemente contra la integridad física o la salud de una o más
personas.
2. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de
los Convenios de Ginebra de 1949.
3. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
establecían esa protección.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) iv)
Crimen de guerra de
destrucción y apropiación de bienes
Elementos
1. Que el autor haya destruido bienes o se haya apropiado de ellos.
2. Que la destrucción o la apropiación no haya estado justificada por
necesidades militares.
3. Que la destrucción o la apropiación se haya cometido a gran escala y
arbitrariamente.
4. Que los bienes hayan estado protegidos en virtud de uno o más de los
Convenios de Ginebra de 1949.
5. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
establecían esa protección.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) v)
Crimen de guerra de
obligar a servir en fuerzas enemigas
Elementos
1. Que el autor haya obligado a una o más personas, mediante hechos o amenazas,
a participar en operaciones bélicas dirigidas contra el país o las fuerzas
armadas de esa persona o personas, o a servir en las fuerzas de una potencia
enemiga.
2. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de
los Convenios de Ginebra de 1949.
3. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
establecían esa protección.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) vi)
Crimen de guerra de
denegación de un juicio justo
Elementos
1. Que el autor haya privado a una o más personas de un juicio justo e imparcial
al denegarles las garantías judiciales que se definen, en particular, en los
Convenios de Ginebra III y IV de 1949.
2. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de
los Convenios de Ginebra de 1949.
3. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
establecían esa protección.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) vii)-1
Crimen de guerra de
deportación o traslado ilegales
Elementos
1. Que el autor haya deportado o trasladado a una o más personas a otro Estado o
a otro lugar.
2. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de
los Convenios de Ginebra de 1949.
3. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
establecían esa protección.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) vii)-2
Crimen de guerra de detención ilegal
Elementos
1. Que el autor haya detenido o mantenido detenidas en determinado lugar a
una o más personas.
2. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de
los Convenios de Ginebra de 1949.
3. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
establecían esa protección.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) a) viii)
Crimen de guerra de
toma de rehenes
Elementos
1. Que el autor haya capturado, detenido o mantenido en calidad de rehén a una o
más personas.
2. Que el autor haya amenazado con matar, herir o mantener detenida a esa
persona o personas.
3. Que el autor haya tenido la intención de obligar a un Estado, a una
organización internacional, una persona natural o jurídica o un grupo de
personas a que actuaran o se abstuvieran de actuar como condición expresa o
tácita de la seguridad o la puesta en libertad de esa persona o personas.
4. Que esa persona o personas hayan estado protegidas en virtud de uno o más de
los Convenios de Ginebra de 1949.
5. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
establecían esa protección.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b)
Artículo 8 2) b) i)
Crimen de guerra de
dirigir ataques contra la población civil
Elementos
1. Que el autor haya lanzado un ataque.
2. Que el ataque haya sido dirigido contra una población civil en cuanto tal o
contra personas civiles que no participaban directamente en las hostilidades.
3. Que el autor haya tenido la intención de dirigir el ataque contra la
población civil en cuanto tal o contra civiles que no participaban directamente
en las hostilidades.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) ii)
Crimen de guerra de
dirigir ataques contra objetos de carácter civil
Elementos
1. Que el autor haya lanzado un ataque.
2. Que el objeto del ataque hayan sido bienes de carácter civil, es decir,
bienes que no fuesen objetivos militares.
3. Que el autor haya tenido la intención de dirigir el ataque contra tales
bienes de carácter civil.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) iii)
Crimen de guerra de
dirigir ataques contra personal o bienes participantes en una misión de
mantenimiento de la paz o de asistencia humanitaria
Elementos
1. Que el autor haya lanzado un ataque.
2. Que el objeto del ataque haya sido personal, instalaciones, material,
unidades o vehículos participantes en una misión de mantenimiento de la paz o de
asistencia humanitaria de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas.
3. Que el autor haya tenido la intención de dirigir el ataque contra tal
personal, instalaciones, material, unidades o vehículos participantes en la
misión.
4. Que el personal, las instalaciones, el material, las unidades o los vehículos
mencionados hayan tenido derecho a la protección otorgada a personas civiles o
bienes de carácter civil con arreglo al derecho internacional de los conflictos
armados.
5. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
establecían esa protección.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) iv)
Crimen de guerra de causar incidentalmente
muertes, lesiones o daños excesivos
Elementos
1. Que el autor haya lanzado un ataque.
2. Que el ataque haya sido tal que causaría pérdidas incidentales de vidas,
lesiones a civiles o daños a bienes de carácter civil o daños extensos,
duraderos y graves al medio ambiente natural de magnitud tal que serían
manifiestamente excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa
de conjuntoprevista.
3. Que el autor haya sabido que el ataque causaría pérdidas incidentales de
vidas, lesiones a civiles o daños a bienes de carácter civil o daños extensos,
duraderos y graves al medio ambiente natural de magnitud tal que serían
manifiestamente excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa
de conjunto que se prevea.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) v)
Crimen de guerra de
atacar lugares no defendidos
Elementos
1. Que el autor haya atacado una o más ciudades, aldeas, viviendas o edificios.
2. Que las ciudades, las aldeas, las viviendas o los edificios hayan estado
abiertos a la ocupación sin resistencia.
3. Que las ciudades, las aldeas, las viviendas o los edificios no hayan
constituido objetivos militares.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) vi)
Crimen de guerra de
causar la muerte o lesiones a una persona que esté fuera de combate
Elementos
1. Que el autor haya causado la muerte o lesiones a una o más personas.
2. Que esa persona o personas hayan estado fuera de combate.
3. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
esa condición.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) vii)-1
Crimen de guerra de
utilizar de modo indebido una bandera blanca
Elementos
1. Que el autor haya utilizado una bandera blanca.
2. Que el autor haya hecho tal utilización para fingir una intención de negociar
cuando no tenía esa intención.
3. Que el autor haya sabido o debiera haber sabido que estaba prohibido utilizar
la bandera blanca de esa forma.
4. Que la conducta haya causado la muerte o lesiones graves a una o más
personas.
5. Que el autor haya sabido que esa conducta podría causar la muerte o lesiones
graves a una o más personas.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) vii)-2
Crimen de guerra de
utilizar de modo indebido una bandera, insignia o uniforme del enemigo
Elementos
1. Que el autor haya utilizado una bandera, insignia o uniforme del enemigo.
2. Que el autor haya hecho tal utilización en forma prohibida por el derecho
internacional de los conflictos armados, mientras llevaba a cabo un ataque.
3. Que el autor haya sabido o debiera haber sabido que estaba prohibido utilizar
la bandera, insignia o uniforme de esa forma.
4. Que la conducta haya causado la muerte o lesiones graves a una o más
personas.
5. Que el autor haya sabido que esa conducta podría causar la muerte o lesiones
graves a una o más personas.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) vii)-3
Crimen de guerra de utilizar de modo
indebido una bandera, una insignia o un uniforme de las Naciones Unidas
Elementos
1. Que el autor haya utilizado una bandera, una insignia o un uniforme de las
Naciones Unidas.
2. Que el autor haya hecho tal utilización en forma prohibida por el derecho
internacional de los conflictos armados.
3. Que el autor haya sabido que estaba prohibido utilizar la bandera, la
insignia o el uniforme de esa forma.
4. Que la conducta haya causado la muerte o lesiones graves a una o más
personas.
5. Que el autor haya sabido que esa conducta podría causar la muerte o
lesiones graves a una o más personas.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) vii)-4
Crimen de guerra de
utilizar de modo indebido los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra
Elementos
1. Que el autor haya utilizado los emblemas distintivos de los Convenios de
Ginebra.
2. Que el autor haya hecho tal utilización para fines de combate en forma
prohibida por el derecho internacional de los conflictos armados.
3. Que el autor haya sabido o debiera haber sabido que estaba prohibido utilizar
los emblemas de esa forma.
4. Que la conducta haya causado la muerte o lesiones graves a una o más
personas.
5. Que el autor haya sabido que esa conducta podría causar la muerte o lesiones
graves a una o más personas.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) viii)
El traslado, directa
o indirectamente, por la Potencia ocupante de parte de su población civil al
territorio que ocupa, o la deportación o el traslado de la totalidad o parte de
la población del territorio ocupado, dentro o fuera de ese territorio
Elementos
1. Que el autor haya:
a) Trasladado , directa o indirectamente, parte de su propia población al
territorio que ocupa; o
b) Deportado o trasladado la totalidad o parte de la población del territorio
ocupado, dentro o fuera de ese territorio.
2. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
3. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) ix)
Crimen de guerra de
atacar bienes protegidos
Elementos
1. Que el autor haya lanzado un ataque.
2. Que el ataque haya estado dirigido contra uno o más edificios dedicados a la
religión, la instrucción, las artes, las ciencias o la beneficencia, los
monumentos históricos, los hospitales o los lugares en que se agrupe a enfermos
y heridos que no sean objetivos militares.
3. Que el autor haya tenido la intención de dirigir el ataque contra tales
edificios dedicados a la religión, la instrucción, las artes, las ciencias o la
beneficencia, los monumentos históricos, los hospitales o los lugares en que se
agrupa a enfermos y heridos que no sean objetivos militares.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de que había circunstancias de hecho que
establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) x)-1
Crimen de guerra de
mutilaciones
Elementos
1. Que el autor haya mutilado a una o más personas, en particular
desfigurándolas o incapacitándolas permanentemente o les haya extirpado un
órgano o amputado un miembro.
2. Que la conducta haya causado la muerte a esa persona o personas o haya puesto
en grave peligro su salud física o mental.
3. Que la conducta no haya estado justificada en razón del tratamiento médico,
dental u hospitalario de esa persona o personas ni se haya llevado a cabo en su
interés.
4. Que esa persona o personas estén en poder de una parte adversa.
5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
6. Que el autor haya sido consciente de que había circunstancias de hecho que
establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2)
b) x)-2
Crimen de guerra de someter a experimentos
médicos o científicos
Elementos
1. Que el autor haya sometido a una o más personas a un experimento médico o
científico.
2. Que el experimento haya causado la muerte de esa persona o personas o haya
puesto en grave peligro su salud física o mental o su integridad.
3. Que la conducta no estuviera justificada en razón del tratamiento médico,
dental u hospitalario de esa persona o personas ni se haya llevado a cabo en su
interés.
4. Que esa persona o personas se encontraran en poder de una parte adversa.
5. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
6. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xi)
Crimen de guerra de
matar o herir a traición
Elementos
1. Que el autor se haya ganado la confianza de una o más personas y les haya
hecho creer que tenían derecho a protección o que él estaba obligado a
protegerlas en virtud de las normas del derecho internacional aplicable a los
conflictos armados.
2. Que el autor haya tenido la intención de traicionar esa confianza.
3. Que el autor haya dado muerte o herido a esa persona o personas.
4. Que el autor al matar o herir, haya aprovechado la confianza que se había
ganado.
5. Que esa persona o personas hayan pertenecido a una parte enemiga.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xii)
Crimen de guerra de no
dar cuartel
Elementos
1. Que el autor haya dado una orden o hecho una declaración en el sentido de que
no hubiese supervivientes.
2. Que la orden o la declaración se haya dado o hecho para amenazar a un
adversario o para proceder a las hostilidades de manera de que no quedasen
sobrevivientes.
3. Que el autor estuviera en situación de mando o control efectivos respecto de
las fuerzas subordinadas a las que haya dirigido la orden o la declaración.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional o haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xiii)
Crimen de guerra de
destruir bienes del enemigo o apoderarse de bienes del enemigo
Elementos
1. Que el autor haya destruido un bien o se haya apoderado de un bien.
2. Que ese bien haya sido de propiedad de una parte enemiga.
3. Que ese bien haya estado protegido de la destrucción o apropiación en virtud
del derecho internacional de los conflictos armados.
4. Que el autor haya sido consciente de las circunstancias de hecho que
establecían la condición del bien.
5. Que la destrucción o apropiación no haya estado justificada por necesidades
militares.
6. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
7. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xiv)
Crimen de guerra de
denegar derechos o acciones a los nacionales de la parte enemiga
Elementos
1. Que el autor haya abolido, suspendido o declarado inadmisibles ante un
tribunal ciertos derechos o acciones.
2. Que la abolición, suspensión o declaración de inadmisibilidad hayan estado
dirigidas contra los nacionales de una parte enemiga.
3. Que el autor haya tenido la intención de que la abolición, suspensión o
declaración de inadmisibilidad estuvieran dirigidas contra los nacionales de una
parte enemiga.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xv)
Crimen de guerra de
obligar a participar en operaciones bélicas
Elementos
1. Que el autor haya obligado a una o más personas, mediante hechos o amenazas,
a participar en operaciones bélicas contra su propio país o sus propias fuerzas.
2. Que esa persona o personas hayan sido nacionales de una parte enemiga.
3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
4. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2)
b) xvi)
Crimen de guerra de saquear
Elementos
1. Que el autor se haya apropiado de un bien.
2. Que el autor haya tenido la intención de privar del bien a su propietario y
de apropiarse de él para su uso privado o personal.
3. Que la apropiación haya tenido lugar sin el consentimiento del propietario.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xvii)
Crimen de guerra de
emplear veneno o armas envenenadas
Elementos
1. Que el autor haya empleado una sustancia o un arma que descargue una
sustancia como resultado de su uso.
2. Que la sustancia haya sido tal que, en el curso normal de los
acontecimientos, cause la muerte o un daño grave para la salud por sus
propiedades tóxicas.
3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
4. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xviii)
Crimen de guerra de
emplear gases, líquidos, materiales o dispositivos prohibidos
Elementos
1. Que el autor haya empleado un gas u otra sustancia o dispositivo análogo.
2. Que el gas, la sustancia o el dispositivo haya sido tal que, en el curso
normal de los acontecimientos, cause la muerte o un daño grave para la salud por
sus propiedades asfixiantes o tóxicas.
3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
4. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xix)
Crimen de guerra de
emplear balas prohibidas
Elementos
1. Que el autor haya empleado ciertas balas.
2. Que las balas hayan sido tales que su uso infrinja el derecho internacional
de los conflictos armados porque se ensanchan o aplastan fácilmente en el cuerpo
humano.
3. Que el autor haya sido consciente de que la naturaleza de las balas era tal
que su uso agravaría inútilmente el sufrimiento o el efecto de la herida.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xx)
Crimen de guerra de
emplear armas, proyectiles, materiales o métodos de guerra enumerados en el
anexo del Estatuto
Elementos
[Los elementos se redactarán cuando se hayan indicado en un anexo del Estatuto
las armas, proyectiles, materiales o métodos de guerra.]
Artículo 8 2) b) xxi)
Crimen de guerra de
cometer atentados contra la dignidad personal
Elementos
1. Que el autor haya sometido a una o más personas a tratos humillantes o
degradanteso haya atentado de cualquier otra forma contra su dignidad.
2. Que el trato humillante o degradante o el atentado contra la dignidad haya
sido tan grave que esté reconocido generalmente como atentado contra la dignidad
personal.
3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
4. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxii)-1
Crimen de guerra de
violación
Elementos
1. Que el autor haya invadido el cuerpo de una persona mediante una conducta
que haya ocasionado la penetración, por insignificante que fuera, de cualquier
parte del cuerpo de la víctima o del autor con un órgano sexual o del orificio
anal o genital de la víctima con un objeto u otra parte del cuerpo.
2. Que la invasión se haya cometido por la fuerza o mediante la amenaza de la
fuerza o mediante coacción, como la causada por el temor a la violencia, la
intimidación, la detención, la opresión psicológica o el abuso de poder, contra
esa persona u otra persona o aprovechando el entorno coercitivo, o se haya
realizado en condiciones en que la persona era incapaz de dar su libre
consentimiento.
1. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
2. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2)
b) xxii)-2
Crimen de guerra de esclavitud sexual
Elementos
1. Que el autor haya ejercido uno de los atributos del derecho de propiedad
sobre una o más personas, como comprarlas, venderlas, prestarlas o darlas en
trueque, o imponerles algún tipo similar de privación de la libertad, o
cualquiera de dichos atributos.
2. Que el autor haya hecho que esa persona o esas personas realizaran uno o más
actos de naturaleza sexual.
3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
4. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxii)-3
Crimen de guerra de
prostitución forzada
Elementos
1. Que el autor haya hecho que una o más personas realizaran uno o más actos de
naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante
coacción, como la causada por temor a la violencia, la intimidación, la
detención, la opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa o esas
personas o contra otra o aprovechando un entorno coercitivo o la incapacidad de
esa o esas personas de dar su libre consentimiento.
2. Que el autor u otra persona hayan obtenido o esperado obtener ventajas
pecuniarias o de otro tipo a cambio de los actos de naturaleza sexual o en
relación con ellos.
3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
4. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxii)-4
Crimen de guerra de embarazo forzado
Elementos
1. Que el autor haya confinado a una o más mujeres que hayan quedado embarazadas
por la fuerza, con la intención de modificar la composición étnica de una
población o de cometer otra infracción grave del derecho internacional.
2. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
3. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxii)-5
Crimen de guerra de esterilización forzada
Elementos
1. Que el autor haya privado a una o más personas de la capacidad de
reproducción biológica.
2. Que la conducta no haya tenido justificación en un tratamiento médico u
hospitalario de la víctima o víctimas ni se haya llevado a cabo con su libre
consentimiento.
3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
4. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxii)-6
Crimen de guerra de violencia sexual
Elementos
1. Que el autor haya realizado un acto de naturaleza sexual contra una o más
personas o haya hecho que esa o esas personas realizaran un acto de naturaleza
sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción,
como la causada por el miedo a la violencia, la intimidación, la detención, la
opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa o esas personas o contra
otra o aprovechando un entorno de coacción o la incapacidad de esa o esas
personas de dar su libre consentimiento.
2. Que la conducta haya tenido una gravedad comparable a la de una infracción
grave de los Convenios de Ginebra.
3. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que determinaban
la gravedad de su conducta.
4. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
5. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxiii)
Crimen de guerra de utilizar a personas protegidas
como escudos
Elementos
1. Que el autor haya trasladado a una o más personas civiles o a otras personas
protegidas en virtud del derecho internacional de los conflictos armados o haya
aprovechado su presencia de alguna otra manera.
2. Que el autor haya tenido la intención de proteger un objetivo militar de un
ataque o proteger, favorecer o entrabar operaciones militares.
3. Que la conducta haya tenido lugar en el contexto de un conflicto armado
internacional y haya estado relacionada con él.
4. Que el autor haya sido consciente de circunstancias de hecho que establecían
la existencia de un conflicto armado.
Artículo 8 2) b) xxiv)
Crimen de guerra de atacar bienes o personas que
utilicen los emblemas distintivos de los Convenios de Ginebra
Elementos
1. Que el autor haya atacado a una o más personas, edificios, unidades o medios
de transporte sanitarios u otros bienes que utilizaban de conformidad con el
derecho internacional un emblema distintivo u otro método de identificación que
indicaba que gozaban de protección con arreglo a los Convenios de Ginebra.
2. Que el autor haya tenido la intención de atacar a esas
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26/02/2008 03:23:47 p.m. -0500